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Cómo entender la disputa legal entre Arcia y Cardenal - El Nuevo Diario

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Para comprender la demanda contra el sacerdote y poeta Ernesto Cardenal, que ha acaparado la atención del público, es importante revisar de manera cuidadosa todo el expediente del caso que, como todo juicio civil, ha sido largo y al que, por su naturaleza y por las instancias de ley que hacen falta, le queda todavía buen tiempo antes de que la Justicia emita un fallo definitivo.

Como medio de comunicación social serio hemos ofrecido al público  una perspectiva amplia del conflicto, con la mayoría de detalles posibles desde su inicio y versiones de los contendientes o sus representantes, para que los lectores se formen su propio juicio y valoren si es un asunto político, como algunos han afirmado, o simplemente una disputa civil que sigue su proceso. Creemos que sería una falta de seriedad inducir a los lectores hacia conclusiones apresuradas, sin conocer la historia y los hechos.

Las dos partes, Nubia Arcia Mayorga y Ernesto Cardenal Martínez, se conocían desde hacía mucho tiempo como parte de la comunidad de Solentiname y tenían acuerdos comerciales privados. Entraron en contradicción cuando la Asociación para el Desarrollo de Solentiname incumplió el contrato de arriendo de un hotel, el mismo que había sido firmado por Cardenal Martínez ante notario público, en su carácter de presidente de esa Asociación.

El convenio, que tenía una validez de 15 años, fue irrespetado a los seis años de estar en vigencia cuando miembros de la Asociación representada por Cardenal, dirigidos por el Vicepresidente de la misma, Bosco Centeno, irrumpieron en las instalaciones del hotel y expulsaron a Arcia, quien desde entonces promovió varios juicios civiles exigiendo la restitución de sus derechos, hasta recuperar la posesión del hotel en 2009 mediante un embargo preventivo.

Posteriormente, Arcia reclamó ante la justicia la indemnización de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato, exigiendo el equivalente a 100 mil dólares por año, por un período de ocho años, lo que dio una suma de 17.2 millones de córdobas, según la tasa de cambio del dólar en su momento, y que hoy un juez de primera instancia exige a Cardenal pagar.

Asumiendo que la sentencia es justa, sorprende el alto monto de la indemnización, sobre todo si se le compara con el monto que debía haber pagado Arcia a la Asociación por el arriendo, 1 mil córdobas por mes durante los 8 años, equivalente a un total de cerca de 6 mil dólares, que aún al sumarle daños y perjuicios razonables se quedaría corto respecto de los 17.2 millones de córdobas que determinó el juez.

Pero también sorprende que ni Cardenal Martínez ni sus representantes legales hayan negado ni rechazado y tampoco impugnado la demanda, tal como registra el veredicto judicial de junio de 2016. Aunque Cardenal Martínez ha expresado a otros medios que el convenio no lo incumplió la Asociación, sino que fue Arcia la que no cumplió el mismo al dejar de pagar los cánones de arriendo, estos argumentos no aparecen expuestos en este juicio ni por Cardenal ni por sus representantes.

Queda pendiente saber si las autoridades constataron y evaluaron los daños y perjuicios señalados por Arcia; y si el vicepresidente de la Asociación, Bosco Centeno, actuó por iniciativa propia o con orientaciones de Cardenal cuando violó el contrato y expulsó a Arcia de la administración del hotel.

Lo más probable es que este juicio vaya para largo, no solo porque a solicitud del representante legal de Cardenal Martínez, un juez anuló hace tres días la notificación de la sentencia por errores de procedimiento, sino porque Cardenal puede recurrir en segunda instancia y después ir a casación.

Sin embargo, lo más importante es que los jueces y magistrados actúen con estricto apego a la ley y dejen claros, en cada paso, los hechos y argumentos jurídicos con que justificarán la sentencia final, y de ser así, que las partes involucradas acepten ese resultado. Al final, ante Dios, no podemos echarle la culpa a otros o a las circunstancias de nuestros actos.


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