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Nuevo sistema de declaración aduanera entra en vigencia este martes - El Nuevo Diario

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La Declaración Única Centroamericana (DUCA) entra en vigencia este martes 7 de  mayo, informó la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).

El Consejo de Ministros de Integración Económica (Comieco) decidió que el Sistema de Tránsito Internacional de Mercancías (TIM) y el servicio de transmisión electrónica del Formulario Aduanero único Centroamericano (Fauca) serán reemplazados por la plataforma informática de la Declaración Única Centroamericana (DUCA-T y DUCA F) que serán utilizadas por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá.

En un comunicado de la Sieca este lunes consta que a partir de la seis de la tarde (hora de Centroamérica) del seis de mayo se deshabilita el sistema TIM  y el servicio de transmisión del Fauca, conforme a las coordinaciones entre los servicios aduaneros y las ventanillas únicas de cada país.

La plataforma informática  para la transmisión de la DUCA-T y la DUCA-F estará en funcionamiento desde las 12 de la media noche. El comunicado difundido recomienda a los usuarios estar atentos a la información de las autoridades aduaneras respectivas.

El 25 de marzo de este año, la Sieca puso a disposición del público una serie de videos tutoriales sobre el proceso de llenado de la DUCA, según el tipo correspondiente.

La DUCA es un documento que une las tres principales declaraciones aduaneras que ampara el comercio de mercancías en Centroamérica, según explica la Sieca.  Esta declaración integra el FAUCA, que se utiliza para el comercio intrarregional de mercancías originarias; la Declaración para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre (DUT), que se implementa para el tránsito internacional terrestre de las mercancías en Centroamérica; y la Declaración de Mercancías, conocida como DUA o DM que es requerida para el comercio con países fuera de la región.

Modalidades

La DUCA tiene tres modalidades, dependiendo de la particularidad de comercio.

La DUCA-F es la que se deberá  emplear para el comercio de mercancías originarias de la región centroamericana.

Por su parte, la DUCA-D se deberá utilizar  para la importación o exportación de mercancías con terceros países fuera de la región centroamericana; y finalmente la DUCA-T se requerirá para el traslado de mercancías bajo el régimen de tránsito internacional terrestre.


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