La Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles el dictamen de la nueva Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción masiva, la cual constituye una profunda reforma al sistema de prevención de lavado de activos del país, pues reforma varias leyes de la materia, como la Ley General de Bancos, la Ley de la Superintendencia, La Ley de Mercado de Capitales, la Ley de Fideicomiso, el Código de Comercio y el Código Penal, entre otras.
El dictamen fue aprobado después que dicha Comisión convocara a una audiencia el día anterior, en la que solamente participaron instituciones del Estado, entre ellas, la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (Siboif), la Unidad de Análisis Financiero (UAF), la Policía Nacional, el Ejército de Nicaragua, la Fiscalía, Hacienda y la Procuraduría General de la República.
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Al ser consultada la Asociación de Bancos Privados de Nicaragua (Asobanp) sobre su opinión de esta nueva ley, Juan Carlos Argüello, presidente de esta asociación, dijo que el jueves pasado, el presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN), Ovidio Reyes invitó a los gerentes generales de los bancos a una presentación sobre el proyecto de ley.
![La diputada María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia, declaró que el Cosep y Asobanp “no vinieron (a la consulta)”.]()
Argüello relató que esa presentación se llevó a cabo en el BCN en presencia de la Comisión Nacional Contra el Crimen Organizado, el lunes 16 de abril.
“En dicha reunión nos solicitaron nuestras recomendaciones y explicamos que no estábamos en condiciones de opinar sobre una ley tan importante y de tanta transcendencia, ya que no hemos tenido el tiempo suficiente para poderla evaluar con la seriedad del caso y, sobre todo, para llegar a un consenso con las autoridades”, explicó Argüello a El Nuevo Diario.
Proyecto de ley en fast-track
El 10 de abril se conoció que el presidente Daniel Ortega había remitido a la Asamblea Nacional los proyectos de ley contra el lavado de activos y la ampliación de las funciones de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
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La diputada María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia, declaró que el Cosep y Asobanp “no vinieron (a la consulta)”.
“A la primera Secretaría (de la junta directiva del Parlamento) le corresponde invitar, entiendo que fueron invitados”, comentó.
![Argüello relató que esa presentación se llevó a cabo en el BCN en presencia de la Comisión Nacional Contra el Crimen Organizado, el lunes 16 de abril.]()
El dictamen de la ley contra lavado de activos “se firmó por unanimidad, espero que sí pase al plenario, pero eso depende de la junta directiva que va haber mañana (reunión)”, dijo Edwin Castro, jefe de la bancada sandinista en el Parlamento.
El dictamen fue presentado este miércoles a la primera Secretaría de la junta directiva del Poder Legislativo y es probable que sea puesto en agenda de las sesiones plenarias la próxima semana, informó Martínez.
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PLC opuesto a 3 artículos
Los diputados Jimmy Blandón y Maximino Rodríguez, del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), dijeron que respaldaron en términos generales la iniciativa de ley de lavado de activos, pero votaron en contra de los Artículos 27, 37 y 38 de la propuesta.
“El Artículo 27 de la ley deja a la discrecionalidad del funcionario público decidir o declarar sospechoso a un ciudadano aunque este explique en una declaración el origen y fin del dinero que porta”, explicó Blandón.
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“Los Artículos 37 y 38 pretenden que los Organismos No Gubernamentales y las mismas iglesias controlen el origen de las donaciones que reciben cuando no tienen la capacidad ni facultad para ejercer ese control”, agregó Blandón.
El superintendente Víctor Urcuyo, explicó que uno de los cambios notables en este proyecto es que “muchas sociedades anónimas en Nicaragua establecían acciones al portador y esta ley viene a prohibirlas, porque con las acciones al portador no se sabe quién es el accionista, sino que es un forma disimulada”.
![En el Código de Comercio, se prohíbe a las sociedades o compañías mercantiles o industriales emitir acciones al portador.]()
“En general, se fortalecen las funciones de la Superintendencia de Bancos. Ahora será una supervisión basada en los riesgos relacionados al lavado de dinero, se definen mejor las funciones de cada institución y el sigilo bancario se mantiene incólume, intacto, queda como está establecido hoy día”, dijo Urcuyo.
Algunos cambios en la nueva ley
En el proyecto de Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción masiva, se observan los siguientes cambios a leyes relacionadas:
En el Código de Comercio, se prohíbe a las sociedades o compañías mercantiles o industriales emitir acciones al portador.
En la Ley 735, Delitos de crimen organizado, se incluye a la PGR dentro de las autoridades que pueden prestar y solicitar asistencia a otros Estados.
También se incorporan otras acciones relacionadas a la investigación y procesos judiciales, como realizar allanamientos, acceder a sistemas informáticos, incautar el producto del delito, los instrumentos utilizados en la comisión o destinados a la comisión del delito, bienes derivados del lavado de activos, bienes de valor equivalente a los bienes producidos por el delito cuando resulte imposible la identificación, localización e incautación de estos últimos; desarrollar técnicas especiales de investigación y cualquier otro acto de investigación que coadyuve a la cooperación y asistencia judicial, autorizado por el derecho interno.
En la Ley de Notariado, se establece la prohibición a los notarios de autorizar escrituras públicas que incluyan acciones al portador y certificados con acciones al portador.
Sobre información financiera, se establece que en casos de urgencia, el fiscal general o el director general de la Policía Nacional pueden inmovilizar activos, documentos y cuentas bancarias o suspender cualquier operación financiera, para lo cual en el plazo de 24 deberán solicitar la convalidación de la medida a la autoridad judicial, y una vez realizada la convalidación la medida tendrá una duración de un año, pudiendo prorrogarse por un año más. Si no se formula acusación o no se admite la misma, la autoridad competente debe solicitar el cese de la medida.
En el Código Penal, en el principio de universalidad se añaden los delitos de financiamiento al terrorismo, lavado de activos y tráfico de armas y municiones.
Se establece el decomiso de bienes equivalentes cuando no sea posible el decomiso de los bienes o derechos originales del delito.
En cuanto al delito de lavado de dinero, bienes o activos, se modifica la pena, que en la actualidad es de cinco a siete años, y se amplía a una pena de entre siete y quince años.
Se establece que la conspiración y la proposición para cometer el delito de lavado de activos se sanciona con la tercera parte de la pena establecida para el delito de lavado de activos.
Se amplían las circunstancias agravantes, y se establece la pena de entre diez y veinte años, ya que en la actualidad cuando concurren las circunstancias agravantes se sancionan con pena de siete a quince años.
Se propone que las penas se incrementen en un tercio cuando el delito sea cometido por directivos, socios o empleados con responsabilidades en materia de prevención de lavado de activos, en personas jurídicas; y para los funcionarios públicos con funciones de investigación, inteligencia, análisis y juzgamiento de lavado de activos.
Se modifica en su totalidad la tipificación del delito de terrorismo.
El Artículo 394 define así el terrorismo: Quien cause la muerte o lesiones corporales graves a personas que no participan directamente en las hostilidades de una situación en conflicto armado o destruya o dañe bienes públicos o privados, cuando el propósito de dichos actos, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población, alterar el orden constitucional u obligar al Gobierno o a una organización internacional a realizar acto o a abstenerse de hacerlo, será sancionado con pena de quince a veinte años de prisión.
Se establece una sanción de quince a veinte años a quien entregue, coloque, arroje o detone un artefacto o sustancia explosivo u otro artefacto mortífero en lugares y sitios públicos, con la intención de causar la muerte o lesiones graves a personas o causar destrucción significativa en esos lugares.
Sobre el financiamiento al terrorismo, quien por el medio que fuere, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, recolecte, capte canalice, deposite, transfiera, traslade, asegure, administre, resguarde, intermedie, preste, provea, entregue activos, sean éstos de fuente lícita o ilícita, con la intención de que se utilicen o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte, para: Cometer o intentar cometer terrorismo, agresiones contra personas internacionalmente protegidas, delitos relativos a materiales peligrosos, toma de rehenes, delitos contra la seguridad de la aviación civil, delitos contra la navegación y la seguridad portuaria y/o cualquier otra conducta que sea prohibida mediante instrumentos jurídicos internacionales contra el terrorismo suscritos por Nicaragua.
Para que un acto se constituya en financiamiento del terrorismo no será necesario que los fondos se hayan usado efectivamente para ejecutar los propósitos…, ni que los fondos estén vinculados a un acto terrorista específico.
Crean el Artículo 404 Bis: Comete delito de proliferación de armas de destrucción masiva, quien individualmente, al servicio o en colaboración con bandas, organizaciones o grupos diseñe, fabrique, construya, adquiera, posea, desarrolle, exporte, trasiegue material, fraccione, transporte, transfiera, deposite o haga uso de armas de destrucción masiva, atómicas, químicas, biológicas y de aquellas sustancias químicas, tóxicas o sus percusores, municiones y dispositivos, que estén destinados de modo expreso a causar muerte, graves lesiones, alterar los recursos naturales y el orden público. Será sancionado con pena de veinte a treinta años de prisión.