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Acusan a excomisionado de Policía por muerte de su pareja - El Nuevo Diario

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Un excomisionado del distrito IV de la Policía Nacional es acusado por el delito de homicidio imprudente por la muerte de su pareja, en un accidente de tránsito en moto el pasado 30 de julio. 

Roberto José López, de 62 años, es el excomisionado que ayer en los juzgados de Managua fue señalado de supuestamente provocar el fallecimiento de Alma Katarina Garay, de 50 años. El Ministerio Público, durante la audiencia preliminar, detalló que López conducía en estado de ebriedad, al menos con 1.36 gramos de alcohol en la sangre, indicó la acusación. 

La Ley de Tránsito de Nicaragua establece que 0.5 gramos de alcohol es suficiente para aplicar una multa de 1,000 córdobas y superior al gramo implica la suspensión de la licencia de conducir por un año. 

El relato de los hechos del Ministerio Público mencionó que López y Garay iban en estado de ebriedad; sin embargo, solo él tenía el casco de seguridad puesto. Según la acusación, el accidente se dio el pasado 30 de julio a las 7:30 p.m. en el barrio Ducualí, en Managua, cuando la moto que conducía López chocó contra un bus y por el impacto Garay salió catapultada, provocándose un trauma craneal que le provocó la muerte.

Por este hecho el juez Carlos Solís, del Juzgado Décimo de Audiencia, dictó prisión preventiva para López y mandó a audiencia inicial el próximo 15 de agosto al acusado. 

López aceptó ante los periodistas que manejaba en estado de ebriedad y esa noche se tomó una media de licor junto a su pareja. Además confesó estar arrepentido por lo que pasó. Según López, se retiró de la Policía Nacional hace no menos de seis meses y convivió con su pareja más de 20 años. 

Visiblemente afectado, López confesó que no pudo estar en el entierro de su pareja Alma Katarina Garay, por el proceso que enfrenta. 

Homicidio imprudente

El juez Carlos Solís dijo que el hecho de acusar a López tiene fundamento porque él como conductor de una moto con pasajero tiene el deber de tomar todas las medidas para resguardar la vida de su acompañante. 

Solís señaló que en este caso hubo dos aspectos importantes que el acusado omitió; el primero fue que no se cercioró de que su acompañante no trajera puesto el casco y, el segundo, que él iba en estado de ebriedad. 

El juez resaltó que como parte de la nueva reforma aprobada en materia penal, a los acusados de homicidio imprudente solo se les impondrá la medida de prisión preventiva. La pena para este delito es de 4 a 8 años. 


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